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lunes, 6 de diciembre de 2010

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA CUMPLE AÑOS

El 6 de diciembre de 1978 se celebró el referéndum en el que el pueblo español aprobó el proyecto de Constitución que fue elaborado por siete ponentes, de diferentes ideologías, a los que se conoce como Padres de la Constitución. Tres eran de UCD (Gabriel Cisneros, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, y José Pedro Pérez Llorca), uno de Alianza Popular (Manuel Fraga Iribarne), uno al PSOE (Gregorio Peces Barba), otro al Partido Comunista de España (Jordi Solé Tura) y por último, en representación de los nacionalistas catalanes, Miquel Roca Junyent, de Convergencia i Unió.

Esta Constitución, vigente hasta nuestros días, se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles. Fue aprobada por Las Cortes en sesiones plenarias del. Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978, ratificada por el pueblo español en referéndum de 6 de diciembre de 1978 y sancionada por S. M. el Rey ante Las Cortes el 27 de diciembre de 1978.

Es un referente en la convivencia de todos los españoles y una garantía de estabilidad política para la nación, a pesar de las voces independentistas que de vez en cuanto surgen en diversos puntos de la nuestra geografía.

sábado, 2 de octubre de 2010

¡LA QUE NOS FALTABA!

No estaba lo suficientemente enredado el panorama político español cuando me he llevado una gran sorpresa al leer las noticias de un diario nacional en Internet: la archiconocida de la prensa del corazón Belén Esteban se quiere presentar como candidata a las próximas elecciones generales.

Derechos tiene, como todo hijo de vecino. La cuestión es si no corremos el riesgo, en el caso de que consiguiera acta de diputada, de acabar convirtiendo el hemiciclo del Congreso de los Diputados en una especie de versión moderna del Corral de Comedias de Almagro, pues la política es... bueno, debería ser un asunto serio, puesto que lo que ahí se cuece afecta a todos los ciudadanos.

domingo, 1 de agosto de 2010

CATALUÑA, "TIERRA DE LA PROHIBICIÓN"

En el extranjero, donde la distancia permite ver las cosas de otro modo, se están empezando a dar cuenta de la afición de los gobernantes catalanes a ir prohibiendo todo aquello que no les guste (o que "suene" a español).

domingo, 25 de julio de 2010

miércoles, 7 de julio de 2010

AUTOEXCLUSIÓN

Me declaro anonadado por la intensidad con qué algunos viven todo esto del independentismo. Ya no son sólo los ciudadanos y los partidos: ahora ha tocado el turno a los Ayuntamientos. Me pregunto si a los de Vilafranca del Penedés se les ocurrirá poner alguna frontera para que los foráneos sepamos que "ya no pertenece" a España.



alertadigital.com


Alerta Digital miércoles, 07 julio 2010



Vilafranca del Penedés se declara independiente
Edgar Sánchez

El Ayuntamiento de Villafranca del Penedés ha aprobado una moción para declararse "moralmente excluido de la Constitución española" en respuesta a la sentencia del Constitucional sobre el Estatuto. El PSC ha votado a favor de una enmienda junto a CiU, ERC, ICV y la CUP. Solo el PP se ha opuesto. El pleno extraordinario tenía previsto inicialmente aprobar una declaración de rechazo a la sentencia y animar a participar en la manifestación de Òmnium Cultural del próximo 10 de julio.


Sin embargo, la CUP ha presentado una enmienda para introducir un punto en el que proponía "declarar nuestro municipio de Villafranca del Penedés moralmente excluido del ámbito de la Constitución española, en un gesto consciente de afirmación nacional y democrática, en respuesta a esta sentencia humillante".

PSC y PP se han opuesto a modificar el texto de la iniciativa pero, una vez aprobada la enmienda por el resto de los grupos, el PSC ha votado a favor de la moción definitiva. Villafranca se suma así a Puerto de la Selva, cuyo ayuntamiento aprobó una declaración similar horas antes, también con el apoyo del Partit dels Socialistes.

El pleno también ha instado a los ciudadanos del municipio a acudir de forma masiva a la manifestación de Barcelona, y ha avanzado su apoyo a todas las resoluciones que adopte el Parlamento catalán en el pleno monográfico que realizará en los próximos días sobre la sentencia del Tribunal Constitucional.

A todo esto, lanzamos desde redacción dos preguntas. Primera; ¿qué pensarán en Moncloa de que su federación catalana del PSC vaya votando a favor de proclamas por la independencia? y segunda; Vilafranca del Penedés, ¿ha valorado de verdad en su justa medida, y siendo el principal productor de cava de nuestro país, las consecuencias de rechazo generalizado que pudiesen generar ciertas posturas en el resto del estado? ¿Premeditación, insensatez? Con las prioridades reales que hay hoy en día a pie de calle y la delicada situación socio-económica que atraviesa España.. ¿de verdad hace falta? La política de hoy, no contenta con omitir problemas, sino que además, y por extraño que parezca, los genera.

miércoles, 30 de junio de 2010

martes, 22 de junio de 2010

PARTIDOS POLÍTICOS Y RESPONSABILIDAD

Reproduzco, por su interés, esta información que
me ha remitido el señor Isidro Fuentes


Isidro Fuentes García 22 de junio a las 11:05
Gerhard Leibholz
El nombre del jurista alemán debería estar presente en todos los medios de comunicación y correr de boca en boca entre los intelectuales europeos y españoles. Pues a él se debe la sentencia del Tribunal Constitucional Federal alemán que consagró a los partidos políticos como órganos del Estado. Solución jurídica y política enmarcada expresamente en el contexto de la Guerra Fría pero que ha llegado hasta nuestros días por lo beneficiosa que ha resultado ser para la oligarquía europea e hispana.

La élite de los negocios bancarios, financieros e industriales sigue teniendo a su servicio a los partidos políticos, también en la actual crisis económica, para acabar con la representatividad de los electores en el Parlamento y silenciar la voz del pueblo que siempre paga las crisis de los poderosos. Los jefes de los partidos, entre ellos Ángela Merkel y, a sus órdenes, Rodríguez Zapatero, pueden tomar las pertinentes decisiones de política económica y financiera, que reduzcan el Estado de bienestar, porque son plenamente conscientes de que, en verdad, no representan a sus electores y que éstos no tienen una constitución y unas leyes que definan correctamente lo que es un partido político en un sistema con gobierno democrático.

Los partidos políticos, con toda sencillez y humildad, deben volver a ser simples formas de organización en la vida política ¡y que sean los candidatos elegidos por la mayoría de cada mónada, o distrito electoral, de la república los que representen auténticamente al electorado, ya que los partidos, por sorprendente que parezca para el régimen político actual y para sus defensores, no representan a los ciudadanos, éstos sólo pueden ser representados políticamente por personas que respondan ante ellos mismos (los electores, y no ante el jefe del partido) ! Hasta que tal cosa no ocurra la “ocurrencia” de Gerhard Leibholz será un obstáculo (un muro infranqueable como el muro de Berlín o el de Gaza) para tener un gobierno democrático y para la Libertad política de la sociedad civil.

La idea jurídica del Estado de partidos se quiso identificar en los años treinta del siglo pasado (durante la República de Weimar) con la democracia liberal, confundiendo, desde entonces, la idea de Estado con la de Gobierno. La falsa justificación que se dio entonces, al igual que ahora, es la necesidad de un poder ejecutivo más eficaz y eficiente que se adapte a la nueva sociedad y a sus nuevos problemas económicos y financieros. Pero la experiencia histórica demostró que el Estado de Partidos derivó inmediatamente en la forma política del Estado de Partido único: el fascismo italiano y el partido nazi alemán. El jurista Gerhard Leibholz rechazó, en un principio, la idea del Estado de partidos ya que, obviamente, significaba la destrucción de la representatividad de los ciudadanos en el poder legislativo; sin embargo, después de su exilio, del holocausto, de la segunda guerra mundial, y en plena guerra fría, era muy útil para la Alemania Federal aprovechar la teoría del Estado de partidos y prohibir la legalidad del partido nazi y del partido comunista, por lo que la idea de la partitocracia vuelve con fuerza en la sentencia del Tribunal Constitucional Federal alemán que consagra la idea del Estado de partidos plural, pero que en esencia se reduce a un Estado de dos o tres partidos metamorfoseados kafkianamente en órganos del mismo Estado.

Los intelectuales y medios de comunicación españoles, por otro lado, ignoran que la Constitución española de 1978 obedece al criterio jurídico de dicha sentencia germana. Creen ilusamente que la constitución fue el producto de la lucha por las libertades y la democracia. La constitución reconoció alguna libertad, sí, pero no la libertad política ni la democracia. Lo que se aplicó fue la sentencia de Gerhard Leibholz, aunque con una “mejora” típicamente carpetovetónica: la legalización del partido que lideró la protesta contra Franco y el franquismo para, a la misma vez, destruirlo. Y así fue porque la legalización del PCE implicaba, en realidad, su desaparición en la práctica del escenario político al renunciar a la República y a sus movimientos sociales y ciudadanos que reclamaban representatividad del pueblo en el Parlamento.

Antonio Muñoz Ballesta

lunes, 21 de junio de 2010

REGULACIÓN USO BURKA




España
El debate del «burka» evidencia la errática gestión socialista en inmigración


El PSC navega entre el «papeles para todos» de ICV y el acento identitario de ERC. Malestar en la comunidad islámica, con una tasa de paro del 45 por ciento
MARÍA JESÚS CAÑIZARES / BARCELONA
Día 21/06/2010 - 10.19h20 comentarios
EFEDos musulmanas en Reus
¿Seguridad? ¿Derechos de la mujer? ¿Prevención ante el auge del islam? Las causas alegadas para debatir la prohibición del uso del «burka» o «niqab» en casi una veintena de ayuntamientos catalanes son tan dispares como las posturas de los tres partidos que gobiernan Cataluña, PSC, ERC e ICV, incapaces de abordar este asunto a nivel autonómico. Incluso dentro de la formación socialista no hay una respuesta unánime: mientras el alcalde de Barcelona opta por la prohibición vía decreto, el presidente José Montilla rechaza la regulación. Por su parte, en el Gobierno central existen varias velocidades sobre el momento en que se debe afrontar la cuestión y dudas sobre su inclusión en la ley de libertad religiosa.
La división de la izquierda a nivel municipal no deja de ser una extensión de las discrepancias que la cuestión del «burka» en particular y de la inmigración en general suscita en el tripartito, donde el «papeles para todos» defendido por ICV y la visión identitaria de ERC —los inmigrantes están obligados a dominar el catalán para lograr el arraigo— han enturbiado los intentos del tripartito por abordar con realismo y consenso el fenómeno de la inmigración, al tiempo que se han cerrado en falso asuntos como el veto de los inmigrantes en el padrón. El potencial granero de votos existente en determinados colectivos de inmigrantes también influye en esa errática forma de gestionar esta materia.
El goteo de municipios catalanes que han decidido abordar la prohibición de este velo integral continúa, al tiempo que crece el malestar entre el colectivo musulmán, al que pertenecen unas 250.000 personas procedentes de Marruecos, Pakistán o Senegal. Una comunidad en auge, según indican las estadísticas de la Generalitat. A modo de ejemplo, destaca el aumento de los centros de culto islámico, que en tres años han pasado de 139 a 195.
En un reciente encuentro celebrado en Reus (Tarragona), cuarenta asociaciones de marroquíes denunciaron que, al mal momento económico que atraviesa esta comunidad y a las altas tasas de fracaso escolar, se une ahora una sensación de rechazo social.
¿ Multar a la víctima?
El secretario para la Inmigración de la Generalitat, Oriol Amorós (ERC), asegura que el paro afecta en estos momentos a un 45% de la población marroquí, el colectivo más numeroso dentro de la población inmigrada —un 19,6%, es decir, 241.673 personas— y donde predomina la práctica del Islam. Al Gobierno catalán sólo le consta la existencia de seis «burkas» y pone como ejemplo a seguir el caso del alcalde de Bellpuig d'Urgell (Lérida), que denunció a un islamista ante la Fiscalía porque mantenía encerrada en su casa a su mujer y sólo le dejaba salir una vez a la semana para hacer la compra. Eso sí, tapada por completo.
«¿Cuántas personas con “burka” se han acercado a un equipamiento municipal en Barcelona en los últimos 20 años? Posiblemente ninguna», asegura Amorós, contrario a prohibir esta prenda porque, en su opinión, eso equivaldría a multar a la víctima en lugar de perseguir a su agresor, algo que ya se hace en Bélgica, por ejemplo. Este alto cargo, dirigente de ERC, se refiere al reciente decreto del alcalde Jordi Hereu, que alega motivos de seguridad. La decisión del socialista ha sido criticada por ERC e ICV porque vincula inmigración e inseguridad. Los republicanos han optado por la abstención, excepto en El Vendrell (Barcelona), donde apoyaron la prohibición.




Recordemos qué dice la Constitución al respecto:


Artículo 13
Derechos de
los extranjeros
1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el
presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.
2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo
23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por
tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones
municipales.
3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de una ley,
atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los
Constitución Española
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delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.
4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los
apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.



Artículo 14:

Igualdad ante la Ley

Los españoles son iguales ante la Ley. sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.



sábado, 19 de junio de 2010

REUS IS BURKA-DIFFERENT

Muchas veces he oído hablar del hecho diferencial catalán en alusión a ciertas características, empezando por un idioma propio, que nos harían/hacen diferentes al resto de ciudadanos de España.

Pues bien, algo parecido pero en otro ámbito de cosas parece estar sucediendo en el Ayuntamiento de Reus, donde en el pasado Pleno, celebrado ayer 18 de junio de 2010, hemos asistido a la paradoja de que siendo todos los grupos municipales contrarios al uso del burka y el niqab ha sido imposible llegar a un acuerdo sobre cómo regular el mismo.



sábado, 16 de enero de 2010

PADRÓN SÍ, PADRÓN NO


Si estar degudament empadronat és condició “sine qua non” per poder accedir a determiats serveis, com ara l’assignació de metge de capçalera o de plaça en un centre escolar, el que han de fer els ajuntments és donar més facilitats als ciutadans perquè puguin empadronar-se i viure dintre de la legalitat. Els ajuntaments no es poden dedicar a ficar trabes legals, per culpa de les quals hi hagi ciutadans de primera i de segona categoria.


Si estar debidamente empadronado es condición “sine qua non” para poder acceder a determinados servicios, como puedan ser la asignación de médico de cabecera o de plaza en un centro escolar, lo que deben hacer los ayuntamientos es dar más facilidades a los ciudadanos para que puedan empadronarse y vivir dentro de la legalidad. Los ayuntamientos no se pueden dedicar a poner trabas legales, por culpa de las cuales haya ciudadanos de primera y de segunda categoría.